Llamado a concurso PDI ASOCIATIVO 2025, región de Arica y Parinacota

QUIENES PUEDEN POSTULAR

 

Pequeños productores agrícolas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley orgánica de INDAP N°18.910 y sus modificaciones, los que deben participar en forma asociativa, bajo alguna de las siguientes categorías de usuarios y usuarias:

 

  1. Empresas asociativas campesinas; (EAC) (Organizaciones económicas comerciales) en sus distintas formas jurídicas: cooperativas, sociedades anónimas, sociedades limitadas y sociedades por acciones.

  2. Comunidades Indígenas, Comunidades Agrícolas o Asociaciones Indígenas (éstas últimas deben tener fines productivos)

  3. Grupos de usuarios(as) conformados indistintamente por personas naturales y/o EIRL.

  4. Grupos de Personas Jurídicas.

 

Las organizaciones población objetivo de la presente Norma deberán tener fines productivos.

 

Para efectos del presente llamado se entenderá como:

 

Grupos Formales: aquellos grupos que cuenten con personalidad jurídica e iniciación de actividades (letras a y b). La o las actividades económicas vigentes en el SII de la organización, al momento de postular deben tener coherencia con el fin productivo para el cual se presenta el proyecto.

Grupos Informales: aquellos sin Personalidad Jurídica (letra c y d)

 

REQUISITOS PARA POSTULAR

Los interesados en acceder a este Programa deberán cumplir con los siguientes Requisitos:

 

5.1 Requisitos generales

  1. Cumplir los requisitos para ser usuario(a) en conformidad con la Ley Orgánica de INDAP N°18.910, modificada por la Ley N°19.213 y con la resolución vigente, que aprueba Procedimiento de Acreditación de usuarios y usuarias de INDAP.

  2. No estar recibiendo simultáneamente otros incentivos regulados por el Reglamento general para la Entrega de Incentivos Económicos de Fomento Productivo, para cofinanciar un mismo apoyo con el mismo objetivo, salvo en situaciones de emergencia agrícola u otras situaciones excepcionales, calificadas por la Institución o por otras autoridades de gobierno y resueltos por INDAP.

  3. No tener deudas morosas, ni la agrupación misma ni sus socios o integrantes, con INDAP, adquiridas en forma directa o en calidad de aval o codeudor solidario, tanto al postular y cuando INDAP constate las condiciones de admisibilidad para acceder al Programa y en el momento de aprobar el incentivo. Se precisa que el aval o codeudor solidario queda impedido de acceder a los recursos de incentivos, a partir de la misma fecha en que queda en mora el deudor principal.

  4. Las Personas Jurídicas deberán acreditar que se encuentran inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos del Ministerio de Hacienda, de acuerdo a lo que establece la Ley N°19862 con un certificado de Detalle de entidad receptora de fondos y estar en el registro que INDAP lleva para estos efectos. La Dirección Regional deberá verificar el adecuado cumplimiento de esta normativa legal, por parte de todas las agencias de área.

  5. Suscribir adjunto y como parte de los documentos de la postulación, una carta compromiso en la cual el postulante declare que cumple con las exigencias estipuladas en el Título II, Artículo 11°, letra d del Reglamento General para la entrega de Incentivos Económicos de Fomento Productivo.

  6. No tener rendiciones pendientes de incentivos anteriores de PDI (parcial o total), ya sea la agrupación o sus integrantes.

 

5.2 Requisitos específicos

 

  1. Proyecto de inversión relacionado con la incubación, ampliación y/o diversificación de negocios agropecuarios o conexos coherente con el enfoque del Programa.

  2. Si quien postula acredita su predio con un contrato de arriendo, comodato, usufructo, mediería o aparcería y tratándose de inversiones fijas, el respectivo contrato deberá tener una vigencia no inferior a la vida útil de la inversión. Dicho requisito, no será exigible cuando se trate de inversiones móviles.

  3. Los grupos, conformados por Personas Naturales y/o Jurídicas, deberán entregar una nómina consignando el nombre y RUT de cada uno de sus integrantes y del representante del grupo.

  4. En el caso de los grupos formales y las EIRL deben contar con iniciación de actividades.

Respecto de la acreditación del predio donde se ejecutará el proyecto de inversión o donde se resguardará la inversión móvil.

Propietario: Inscripción de dominio con certificación de vigencia emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con un plazo de 1 año máximo de antigüedad contado desde la fecha de resolución de este llamado a concurso.

Arrendatario y otros: Contrato de arrendamiento que cumpla con lo establecido en el DL 993/75.

En el caso de Arrendatarios, Comodatarios, Usufructuarios, Medieros o Aparceros, y tratándose de inversiones fijas, el respectivo Contrato deberá tener una vigencia no inferior a la vida útil de la inversión. Dicho requisito, no será exigible cuando se trate de inversiones móviles.

Categoria

Concursos Especiales PDI

Donde realizo el trámite

En agencias de área de la región de Arica y Parinacota

Período de postulación

Fecha Inicio: 28-01-2025

Fecha Cierre: 25-02-2025

Contáctanos

malvarezt@indap.cl

Región

Arica y Parinacota